Seis organizaciones de la industria cárnica demandaron a la empresa de alimentos vegetales Heura por sus anuncios, publicaciones en redes sociales y etiquetas de sus productos. En una entrevista, Gemma Gaya, una de las abogadas que representan a Heura, dijo que el caso había buscado restringir las comunicaciones públicas de la empresa, pero que, en última instancia, produjo el efecto contrario: un tribunal reconoció que las empresas pueden participar en el debate público cuando sus afirmaciones cuentan con respaldo.
La disputa comenzó en 2020, cuando las organizaciones solicitaron una medida cautelar contra una valla publicitaria de Heura en Madrid que llevaba el mensaje: «Una hamburguesa de carne contamina más que tu coche». En el caso principal, iniciado en 2022 ante los tribunales de Barcelona, cuestionaron las publicaciones de la empresa en redes sociales y los nombres de sus productos, alegando que sus comunicaciones eran engañosas o denigratorias e infringían las normas sobre competencia desleal y publicidad.
Las organizaciones —Provacuno, Avianza, Intercun, Interovic, Interporc y Asici— representan a la mayor parte de la industria cárnica española, que, según el artículo, tiene una facturación conjunta superior a 25.000 millones de euros. Heura, fundada en 2017 y dedicada a la venta de productos totalmente vegetales, registró una facturación de unos 17,7 millones de euros.
Gaya dijo que la demanda cuestionaba miles de mensajes, incluidas publicaciones en las que se decía que a Heura le gustaba la carne, pero no sus consecuencias. La defensa sostuvo que las organizaciones no habían explicado por qué cada comunicación era engañosa, lo que hacía imposible responder a una impugnación tan amplia. También alegó que muchas de las afirmaciones de Heura citaban fuentes científicas, mientras que otras expresaban opiniones.
Una sentencia de primera instancia dio mayoritariamente la razón a las organizaciones cárnicas y ordenó a Heura retirar el contenido impugnado de las redes sociales, publicar la sentencia en varios medios de comunicación y abstenerse de hacer comunicaciones similares. Heura recurrió y, en mayo de 2026, el tribunal de apelación de Barcelona modificó sustancialmente el resultado. Según Gaya, el tribunal no encontró nada engañoso ni denigratorio en las comunicaciones de Heura en redes sociales y señaló que la demanda había atacado el estilo general de comunicación de la empresa sin exponer motivos concretos para cada mensaje. El tribunal también sostuvo que las afirmaciones respaldadas por fuentes científicas reconocidas no podían calificarse de engañosas.
El tribunal de apelación también confirmó que Heura podía usar términos como «hamburguesa», «chorizo» y «salchicha» para sus productos vegetales. Gaya dijo que esos nombres no están legalmente reservados para los productos cárnicos, a diferencia de términos como «leche» o «mantequilla», y que los envases de Heura identifican claramente sus alimentos como 100 % vegetales.
La orden restante se limita al eslogan de la valla publicitaria que compara la contaminación de una hamburguesa de carne con la de un coche. Heura debe dejar de usar ese mensaje específico y publicar la decisión, algo que ya ha hecho. Las organizaciones cárnicas aceptaron la resolución sobre los nombres de los productos, pero han recurrido ante el Tribunal Supremo de España la decisión sobre las comunicaciones en redes sociales, por lo que esa parte del caso sigue sin resolverse.
Fuentes: elDiario.es.